¿Qué opinas del fenómeno de la globalización?

miércoles, 3 de marzo de 2010

El etnocentrismo

El etnocentrismo suele implicar la creencia de que la propia raza o grupo étnico sea la más importante, o que algunos o todos los aspectos de la cultura propia sean superiores a otras.
Dentro de esta ideología, los individuos juzgan a otros grupos en relación a su propia cultura o grupo particular, especialmente en lo referido al lenguaje, las costumbres, comportamientos, religión y creencias. Dichas diferencias suelen ser las que establecen la identidad cultural.
Un forma particular de etnocentrismo es el eurocentrismo, se refiere a la mirada del mundo a partir de la experiencia Europea Occidental. Hay muchos tipos de etnocentrismo: invertido, educacional, medicinal, agrario, tecnologico, linguistico, religioso, inversal. En todos estos casos se piensa que lo que tiene uno mismo es mejor que lo de los demas.

La xenofobia

Un proceso como es el de la globalización es inevitable que tenga consecuencias. Agunas, como el conocimiento de nuevas culturas y la difusión de la información de un modo más rápido, pueden resultar positivas para nosotros. Otras, en cambio, son perjudiciales para la buena convivencia entre culturas aún claramente diferenciadas; como son el racismo, el etnocentrismo y la xenofobia. Solemos confundir tanto estos términos como su uso en nuestra vida cotidiana, por lo que vamos a aclarar su significado exacto.

Yo me voy a centrar en la xenofobia en esta entrada. Es el odio o rechazo a otras personas, a todo extranjero. Se da en diferentes grados, desde el rechazo o desprecio hasta las amenazas, agrasiones y asesinatos. En países occidentales, suelen ser los partidos de ultraderecha los que promulgan esta ideología, un claro ejemplo es la xenofobia que tenía Hitler por los judíos.

En numerosos países es un delito. El 16 de septiembre de 2008, en la cumbre de Bruselas, la Comunidad Europea aprobó la Ley contra la Xenofobia y el Racismo que contempla condenar hasta con tres años de cárcel los comportamientos xenófobos y racistas. Los Estados miembros deberán adaptar sus legislaciones en el plazo de dos años para contemplar como delito:

  • La incitación pública a la violencia o al odio dirigidos contra un grupo de personas o un miembro de tal grupo, definido en relación con la raza, el color, la religión, la ascendencia o el origen nacional o étnico;
  • La comisión de uno de los actos a los que se refiere el apartado anterior mediante la difusión o reparto de escritos, imágenes u otros materiales;
  • La apología pública, la negación o la trivialización flagrante de los crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra dirigida contra un grupo de personas definido en relación con la raza, el color, la religión, la ascendencia o el origen nacional o étnico.
«No podemos dejar de resaltar que a contrapeso de actitudes discriminatorias, racistas y xenofóbicas, existen también experiencias de apertura, acercamiento, involucramiento que genera redes de solidaridad y espacios de intercambio, aprendizajes que construyen la interculturalidad